Renta 

Existen varias formas de definirla, pero la más interesante es la tributaria. En ese ambiente, de manera simple, se puede asumir que es renta aquellos que aumentan lo que uno tiene, o lo que técnicamente se denomina patrimonio. Es decir si yo tenía un patrimonio de $1.000 y recibo $100, mi patrimonio aumenta a $1.100, y por lo tanto los $100 son renta. 

Si uno se va a la definición tributaria, es renta los “los ingresos o utilidades que se generan dentro de un periodo de tiempo, producto de la explotación de una actividad o cosa sin importar su origen, naturaleza o denominación, creando aumento en el patrimonio de la persona y/o empresa.” 

Es relevante este concepto porque muchos impuestos, como aquellos que afectan a las empresas,  los sueldos o a quienes boletean, se calculan a partir de la renta que se generó en un período, muchas veces en un año. 

Sin embargo, a diferencia de la granja de los animales1, todas las rentas no son iguales. Como para complicar la cosa, la ley tributaria no considera renta a algunos ingresos. Por ejemplo, las indemnizaciones y seguros, o los ajustes de sueldos por la inflación son lo que se llama ingreso no renta.  

Un concepto relacionado relevante es la declaración de la renta. 

Categorías de renta 

Existen subcategorías las cuales se van diferenciando en la manera en cómo se perciben los ingresos. 

  1. Renta Bruta: Son ingresos que tiene una persona o empresa producto de la explotación de una actividad o cosa, descontando los costos directos de la propia actividad.  (Ingresos – costos de explotación) 
  1. Renta Líquida: Es la Renta Bruta descontando los gastos que se necesitaron para generarla. (Renta Bruta – Gastos) 
  1. Renta Exenta: Renta que no está afecta al pago de impuestos. La ley establece un nivel de renta bajo el cual las personas no tienen obligaciones tributarias, o determina que algunas rentas especificas no sean gravadas. 
  1. Renta líquida Imponible: Ingresos sobre los cuales se calcula la cantidad de impuestos a pagar, ya sea una empresa o persona. (Renta liquida – Deducciones + Agregados) 

Esta definición no tiene como finalidad proporcionar ningún tipo de recomendación de inversión, asesoramiento legal, tributario, financiero ni de otra clase o tipo, debiendo consultar para estos efectos a sus propios asesores. Asimismo, la información contenida no toma en cuenta objetivos específicos de inversión, situación financiera o necesidades particulares de alguna persona natural o jurídica en particular.